¿Debe dar un preaviso de cese un funcionario interino?

La figura del funcionario interino suele generar dudas, especialmente cuando se acerca el final de su servicio o cuando el propio trabajador decide dejar la plaza. Una de las preguntas más habituales es si un funcionario interino debe dar un preaviso de cese, y en qué situaciones se aplica. En este artículo explicamos cuándo se produce el cese, qué diferencias existen entre renuncia y baja voluntaria, y si se puede cesar a un interino estando de baja. Además, analizamos las alternativas a la renuncia y cómo actuar correctamente para evitar problemas administrativos.

¿Cuándo se produce el cese de un interino?

El cese de un interino se produce cuando se termina la necesidad temporal para la que fue contratado. Esto puede ocurrir por diferentes motivos:

  • Finalización del servicio temporal (por ejemplo, sustitución por baja, vacaciones o refuerzo de plantilla).
  • Incorporación del titular de la plaza.
  • Supresión o reorganización del puesto.
  • Cumplimiento del plazo máximo permitido en algunos casos.

En cualquier caso, el cese se formaliza mediante una resolución administrativa que indica la fecha en la que se produce el fin del contrato. Esta resolución es la que determina de manera oficial el cese del interino, no una simple comunicación verbal o informal.

¿Se puede cesar a un interino estando de baja?

Una de las dudas más comunes es si es posible el cese de un interino estando de baja. La respuesta es sí, aunque depende del tipo de baja y de la situación administrativa. En general, el cese se puede producir incluso durante una baja médica, siempre que la necesidad del puesto haya finalizado o el titular se incorpore.
En estos casos, el interino no pierde automáticamente su derecho a cobrar la baja, pero sí puede ver cómo se extingue su relación con la administración en función de la situación concreta. Es importante tener en cuenta que, aunque el cese sea posible, la administración debe respetar el procedimiento y las condiciones previstas en la normativa vigente.

Diferencias entre renuncia, baja voluntaria y cese como interino

Es muy importante diferenciar estos conceptos, ya que cada uno tiene efectos distintos:

  • Renuncia voluntaria funcionario interino: el trabajador decide voluntariamente dejar la plaza. Se trata de una decisión personal que debe formalizarse correctamente.
  • Baja voluntaria funcionario interino: es una forma de renuncia, pero con un enfoque administrativo más formal. En la práctica, ambas se usan de forma similar, aunque la terminología puede variar según la administración.
  • Cese de interinos: es la finalización del servicio por decisión administrativa, no por voluntad del trabajador.

La renuncia o la baja voluntaria implica que el interino solicita dejar la plaza, mientras que el cese es una decisión de la administración, aunque ambos pueden conllevar la salida del puesto.

¿La baja voluntaria de un interino funciona como en el sector privado?

No exactamente. En el sector privado, la baja voluntaria suele implicar un preaviso (por ejemplo, 15 días), mientras que en la administración pública el procedimiento es distinto. La baja voluntaria de un interino debe formalizarse mediante escrito y su aceptación depende de la administración, aunque normalmente se acepta si se cumplen los requisitos administrativos.
En cualquier caso, es recomendable revisar la normativa específica y el convenio aplicable, ya que pueden existir diferencias según el ámbito (local, autonómico o estatal) y el cuerpo o escala al que pertenezca el interino.

¿Es necesario un preaviso de cese en la Administración?

En general, el preaviso de cese no es obligatorio como en el sector privado. El cese de un interino se produce cuando la administración emite la resolución correspondiente. No obstante, la administración suele comunicar con antelación el cese para facilitar la organización interna, pero esto no equivale a un preaviso obligatorio por parte del trabajador.
En algunos casos, el interino puede solicitar un preaviso o pactarlo con la administración, pero no es un requisito general y depende de cada situación y normativa.

Las alternativas a la renuncia cómo interino

Si un funcionario interino no quiere seguir en su puesto, no siempre es necesario recurrir a la renuncia. Existen alternativas, como:

  • Solicitar comisiones de servicio o traslados, si la normativa lo permite.
  • Buscar otras vacantes o plazas en bolsa de trabajo dentro de la administración.
  • Acordar con la administración una finalización de contrato en una fecha determinada, evitando una renuncia inmediata.

Estas opciones pueden ser útiles si el interino quiere cambiar de destino sin perjudicar su expediente o si busca mantener posibilidades de reincorporación en el futuro.

Renuncia o cese: el cierre del vínculo laboral como interino

Tanto la renuncia voluntaria como el cese como interino suponen el fin de una etapa dentro de la Administración, pero cada opción tiene implicaciones diferentes. Mientras la renuncia depende de tu decisión y debe formalizarse correctamente, el cese se produce por motivos administrativos y se notifica mediante resolución. Antes de tomar cualquier decisión, es importante conocer tus derechos y responsabilidades para evitar errores que puedan afectar a tu historial profesional.

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